La respuesta corta
- No. A septiembre de 2026 ninguna norma estatal ni gallega prohíbe instalar una caldera de gas en una vivienda, ni cambiar la que tienes por otra nueva, ni seguir usándola.
- Lo que sí está prohibido es instalar calderas de gas atmosféricas (tipo B) de hasta 70 kW fuera de una sala de máquinas, y desde 2025 dar subvenciones a calderas que solo queman combustibles fósiles.
- La directiva europea de edificios exige que la obra nueva sea «de cero emisiones» desde 2028 (edificios públicos) y 2030 (todos), sin combustibles fósiles en el propio edificio. España todavía no la ha trasladado a su normativa.
- Si tu caldera funciona, no hay ninguna prisa legal. La decisión de cambiarla es económica: cuánto gastas, cuántos años tiene y qué opciones tienes en tu casa.
Qué está prohibido y qué no, en una tabla
Cada pocos meses vuelve el mismo titular: «la UE prohíbe las calderas de gas». Y cada vez que sale, nos llaman clientes preocupados por si la caldera que tienen en la cocina es ilegal o por si les van a obligar a quitarla. La respuesta corta es que no. La larga merece la pena, porque sí hay cambios reales, y confundirlos con una prohibición lleva a tomar malas decisiones: cambiar con prisas una caldera que funciona o, al revés, meter gas en una casa nueva que no va a cumplir.
Hemos leído el texto de las normas que se citan en esos titulares: la directiva europea de eficiencia energética de los edificios, el Reglamento de Instalaciones Térmicas (RITE), el Código Técnico (CTE), los reglamentos de ecodiseño y las leyes de cambio climático estatal, gallega y navarra. Todo lo que sigue sale de ahí, con la fuente numerada al lado.
| Lo que quieres hacer | ¿Se puede? | Por qué |
|---|---|---|
| Seguir usando la caldera de gas que ya tienes | Sí | Ninguna norma obliga a retirarla. La directiva solo pide a los Estados que «se esfuercen» por sustituirlas |
| Cambiar tu caldera por otra de gas de condensación estanca | Sí | Es legal. Cuenta como reforma del RITE, así que la nueva debe cumplir el ecodiseño y las reglas de salida de humos |
| Instalar una caldera de gas atmosférica (tipo B) de hasta 70 kW en la cocina | No | El RITE lo prohíbe fuera de salas de máquinas, salvo los aparatos B3x |
| Poner una caldera de gas en una casa nueva | Sí, con condiciones | El CTE exige un 70 % de renovables en el agua caliente y limita la energía no renovable: el gas solo no basta |
| Recibir una subvención por una caldera solo de gas | No | La directiva prohíbe desde 2025 los incentivos financieros a calderas fósiles independientes |
| Deducir en el IRPF el cambio de caldera de gas | No | La deducción por eficiencia energética excluye los equipos de combustibles fósiles |
| Construir un edificio nuevo con gas en 2030 | Pendiente de ley española | La directiva exigirá edificios de cero emisiones in situ; España aún no la ha transpuesto |
- 0normas estatales o gallegas que prohíban hoy instalar una caldera de gas de condensación
- 2025desde el 1 de enero, sin subvenciones públicas a calderas solo fósiles
- 2030todos los edificios nuevos, de cero emisiones in situ (cuando se transponga)
Seis bulos, con el texto de la norma delante
Casi todos los bulos parten de algo cierto y lo estiran. El más repetido mezcla dos fechas: el 29 de mayo de 2026, que era el plazo para que los países trasladasen la directiva a sus leyes, y 2028 y 2030, que son las fechas en las que los edificios nuevos tendrán que ser de cero emisiones. Un diario nacional llegó a publicar que el plazo era «julio de 2026»[16], y en webs comerciales se lee que la directiva «prohíbe instalar» calderas de gas desde este año. Esto es lo que dicen los textos:
Se diceDesde 2026 está prohibido instalar calderas de gas.
Se diceEuropa obliga a quitar las calderas de gas que ya están instaladas.
Lo ciertoEl texto dice que los Estados «se esforzarán por sustituir las calderas independientes alimentadas por combustibles fósiles en los edificios existentes». Es un objetivo para los gobiernos, no una orden al dueño de la caldera[1].
Se diceEn 2040 estará prohibido usar una caldera de gas.
Lo cierto2040 aparece en el anexo de los planes nacionales de renovación, «con vistas a una eliminación completa de las calderas de combustibles fósiles». La Comisión lo llama «fecha objetivo indicativa» y aclara que lo que decide si una caldera es fósil es el combustible que queme en 2040[2].
Se diceYa no se pueden vender calderas de gas porque la UE exige un rendimiento del 115 %.
Se diceSi cambias ahora tu caldera de gas por otra, te dan ayudas.
Lo ciertoAl revés. Desde el 1 de enero de 2025 «no grants, preferential loans or fiscal incentives» para calderas fósiles independientes nuevas, según la Comisión[3], y la deducción del IRPF excluye «los costes relativos a la instalación o sustitución de equipos que utilicen combustibles de origen fósil»[17].
Se diceGalicia ha prohibido las calderas de gas con su ley del clima.
El calendario real: de 2015 a 2040
Ordenadas en el tiempo, las fechas que de verdad afectan a una caldera de gas en España son estas. Las que están en el futuro dependen de que cada Estado apruebe sus propias normas.
- 26 de septiembre de 2015
Ecodiseño: mínimo del 86 % de eficiencia estacional
Afecta a las calderas de gas y de gasóleo de hasta 70 kW que se ponen a la venta. En la práctica solo lo alcanzan las de condensación, aunque el reglamento no usa esa palabra[9].
- 2021
El RITE restringe las calderas atmosféricas de tipo B
Prohibidas las de hasta 70 kW fuera de salas de máquinas, salvo los aparatos B3x.
- 1 de enero de 2025
Fin de las subvenciones a calderas solo fósiles
Siguen siendo posibles las ayudas a sistemas híbridos con una parte renovable considerable.
- 29 de mayo de 2026
Termina el plazo de transposición de la directiva
España no había publicado a 3 de septiembre de 2026 la modificación del CTE ni la del RITE.
- Septiembre de 2026
Hoy: instalar una caldera de gas de condensación es legal
En vivienda existente y, con aportación renovable para el agua caliente, en obra nueva.
- 30 de junio de 2027
Navarra: sin sistemas térmicos fósiles en edificios nuevos
Solo en esa comunidad[15].
- 2028
Edificios públicos nuevos de cero emisiones y arranque del ETS2
El mercado de CO2 para edificios, aplazado desde 2027, empieza a funcionar.
- 1 de enero de 2030
Todos los edificios nuevos, de cero emisiones
Sin emisiones de carbono in situ procedentes de combustibles fósiles.
- 2040
Objetivo indicativo: eliminar las calderas fósiles
Es una meta para los planes nacionales, no una prohibición de uso.
Obra nueva: donde el gas sí tiene los días contados
Donde la directiva sí aparta el gas es en los edificios que se van a construir. El artículo 7 dice que los Estados «velarán por que los edificios nuevos sean edificios de cero emisiones»: los de organismos públicos a partir del 1 de enero de 2028 y todos los demás a partir del 1 de enero de 2030. Y el artículo 11 define la condición clave: «Los edificios de cero emisiones no generarán emisiones de carbono in situ procedentes de combustibles fósiles»[1].
Las orientaciones de la Comisión no dejan margen: «El uso de instalaciones de calefacción in situ alimentadas por gas natural, petróleo y productos derivados o carbón y productos derivados no se ajusta» a esa definición, mientras que las bombas de calor, la solar térmica y la bioenergía sí. Incluso un edificio que por consumo mereciera la letra A, si se calienta con caldera de gas o de petróleo, «se le debe atribuir una clase inferior, la B»[2].
Y el Código Técnico, ya hoy
Aunque la directiva no esté transpuesta, el CTE vigente ya empuja fuera el gas en obra nueva por otra vía. La sección HE4 obliga a que las renovables cubran «al menos el 70 % de la demanda energética anual para ACS», o el 60 % si la demanda es inferior a 5.000 litros al día. Rige en edificios nuevos con más de 100 litros diarios de agua caliente y en existentes cuando se reforma íntegramente el edificio o la instalación de generación. Una bomba de calor cuenta como renovable para el agua caliente si su rendimiento estacional es de 2,5 o más[5].
La sección HE0, además, limita el consumo de energía primaria no renovable de una vivienda nueva a entre 20 y 43 kWh por metro cuadrado al año, según la zona climática[5]. Ninguna de las dos prohíbe el gas. Pero una caldera de gas sola no aporta renovables, así que necesita solar térmica, una bomba de calor o biomasa al lado. Esto es una conclusión técnica nuestra, no una frase de la norma, y explica por qué en obra nueva se tiende a la aerotermia.
Qué ha hecho España, y qué no, a septiembre de 2026
El plazo general para trasladar la directiva terminó el 29 de mayo de 2026, y la directiva anterior, la 2010/31/UE, quedó derogada al día siguiente[1]. A 3 de septiembre de 2026, la edición del Código Técnico que mantiene el BOE seguía mostrando el CTE con su última modificación de 15 de junio de 2022 y el RITE con la de 2 de agosto de 2022[6]. Es decir: España no ha aprobado todavía las normas que transponen la directiva.
| Norma | Qué se ha hecho | Qué falta |
|---|---|---|
| Código Técnico (CTE) | Audiencia pública de un proyecto de real decreto del 7 de noviembre al 9 de diciembre de 2025, que transpone la directiva de forma parcial | Aprobarlo y publicarlo en el BOE |
| RITE | Consulta pública previa del 27 de marzo al 18 de abril de 2025 | Redactar el texto, someterlo a audiencia y aprobarlo |
| Ayudas públicas | El artículo 17.15 tenía plazo propio: 1 de enero de 2025 | Ya es obligación de la UE |
No hemos podido leer el texto del borrador del CTE, porque la web del ministerio no permite descargarlo. Por eso no vamos a decir qué fechas o prohibiciones incluye: cuando se publique en el BOE, actualizaremos este artículo. Tampoco consta que la consulta del RITE mencione prohibir calderas de gas o de gasóleo.
¿Y alguna comunidad autónoma?
La única norma que hemos encontrado que se parezca a una prohibición es navarra. La Ley Foral 4/2022 dice que «a partir del 30 de junio de 2027 no se instalen sistemas térmicos abastecidos con combustibles fósiles en los edificios de uso residencial y terciario de nueva construcción», y prohíbe desde esa fecha suministrar gasóleo donde haya red de gas[15]. No afecta a Galicia ni a las viviendas existentes.
Las calderas que sí están restringidas: atmosféricas y tipo B
Aquí sí hay una prohibición, y es la que más afecta a los pisos gallegos con caldera antigua. El RITE dice textualmente: «Queda prohibida la instalación de calderas y calentadores a gas, en ambos casos de hasta 70 kW y de tipo B […], salvo si se sitúan en locales que cumplen los requisitos establecidos para las salas de máquinas […]. Esta prohibición no afecta a los aparatos tipo B3x»[4].
Una caldera de tipo B toma el aire para la combustión del propio local donde está, normalmente la cocina o un lavadero, y lo expulsa por un conducto. Son las que se conocen como atmosféricas o de tiro natural. Las estancas, en cambio, toman el aire del exterior por un conducto concéntrico y no se comunican con la habitación.
Atmosférica o de tiro natural (tipo B)
- Toma el aire para quemar el gas de la habitación donde está.
- Instalar una nueva de hasta 70 kW está prohibido fuera de una sala de máquinas, salvo las B3x.
- Las de gas anteriores a 1998 tienen un rendimiento estacional por defecto del 65 %[25].
Puedes seguir usándola; cuando haya que cambiarla, no se repone por otra igual.
Estanca
- Toma el aire del exterior por un conducto y no se comunica con la habitación.
- Se puede instalar en la cocina o el lavadero, con la salida de humos que marque el RITE.
- Si es nueva, cumple el mínimo de ecodiseño del 86 % de eficiencia estacional.
Es la que se instala hoy al sustituir una caldera de gas.
Dos detalles más del RITE que conviene saber. Primero, cambiar una caldera por otra «de similares características» también es una reforma a efectos del reglamento, así que la nueva tiene que cumplir las exigencias actuales, entre ellas los reglamentos europeos de ecodiseño. Segundo, la regla general es sacar los humos por la cubierta; la salida por fachada solo se permite con combustibles gaseosos y aparatos estancos de hasta 70 kW, en viviendas unifamiliares o en edificios existentes que se reforman con calderas de emisiones de NOx de clase 5[4].
El cambio que sí llega: el precio del CO2 en la factura
Si la ley no te obliga a quitar la caldera, ¿qué es lo que puede cambiar tu decisión en los próximos años? El precio. La Unión Europea creó un segundo mercado de derechos de emisión, el ETS2, que pondrá precio al CO2 de los combustibles para edificios y transporte por carretera. Estaba previsto para 2027, pero el Reglamento (UE) 2026/667 lo aplazó: «se aplazará hasta 2028»[18]. La Comisión dice que estará plenamente operativo en 2028[19], y el MITECO sitúa la primera entrega de derechos en 2029[20].
¿Cuánto subirá el gas? No hay una cifra oficial, y no vamos a inventarla. Hay un freno: durante los dos primeros años, si el derecho supera 45 € por tonelada (en precios de 2020) se pueden liberar derechos de la reserva, pero no es un precio máximo garantizado[19]. Lo que publican centros de estudios serios da el orden de magnitud:
- 60-200 €/trango de precios del CO2 en el ETS2 que recoge Bruegel, según cuánto se descarbonice
- ≈ 162 €/añomás para una caldera de gas estándar a 60 €/t (12.000 kWh útiles y 90 % de rendimiento), según Bruegel
- hasta 1/3de subida del precio medio de los combustibles con 122 €/t en 2030, según un modelo que cita el Institut Delors
Estimaciones de fuentes secundarias, no cifras oficiales: Bruegel[21] e Institut Jacques Delors[22].
La consecuencia práctica es sencilla: cuanto más gas gaste tu caldera, más te afectará. Una caldera antigua de bajo rendimiento consume más gas para dar el mismo calor, así que también pagará más CO2. Eso refuerza el argumento para cambiar una caldera vieja por una de condensación, y en casas con mucho consumo, para estudiar una bomba de calor.
Qué hacer con tu caldera según los años que tenga
Con todo lo anterior, la pregunta útil no es si te van a prohibir la caldera, sino cuándo te compensa cambiarla. Para ponerle números usamos una vivienda unifamiliar tipo de la zona atlántica con 13.300 kWh de calor útil al año, que sale de las mediciones del IDAE en viviendas con caldera individual de gas[26], y el precio variable de la tarifa regulada TUR.2 del tercer trimestre de 2026 con impuestos, unos 0,0527 € por kWh[23][24]. Los rendimientos de las calderas antiguas son los valores por defecto del MITECO[25].
| Tu caldera | Ahorro al cambiar a condensación | Nuestra recomendación |
|---|---|---|
| Gas anterior a 1998, atmosférica o de tiro natural | ≈ 300 €/año (piso: ≈ 105 €) | Planifica el cambio sin esperar a la avería. Si es de tipo B y está en la cocina, la nueva tendrá que ser estanca o B3x. |
| Gas de 1998 en adelante, sin condensación | ≈ 180 €/año (piso: ≈ 63 €) | Mantenla revisada y cámbiala cuando falle o cuando una reparación cara no compense. Pide el presupuesto con tiempo. |
| Gas de condensación | Poco o nada | No hay ninguna razón normativa para cambiarla. Revisión periódica y a seguir. |
| Gasóleo o propano | Depende del combustible | Aquí sí suele compensar estudiar aerotermia: el kWh de calor con gasóleo cuesta mucho más que con gas natural. |
Localiza la placa de la caldera
El año de fabricación y el tipo de aparato vienen en la placa de características o en el manual.
Suma el gas de un año completo
Los kWh de todas las facturas de doce meses, no de un mes de invierno. Es la cifra que decide si compensa.
Comprueba la revisión
La revisión periódica es el mejor momento para preguntar al técnico cómo está la caldera. Te contamos cada cuánto toca en la revisión obligatoria de la caldera de gas.
Compara con números, no con miedo
Si vas a cambiar, mira qué modelos de condensación encajan en tu casa en las mejores calderas de condensación de 2026 y cuánto cuesta la instalación en el precio de instalar una caldera de gas.
Lo que no te van a pedir
- Retirar una caldera de gas que funciona y está revisada.
- Cambiar a aerotermia por obligación en una vivienda existente.
- Quitar una caldera atmosférica que ya estaba instalada: lo prohibido es instalar una nueva.
- Un permiso especial para sustituir tu caldera de gas por otra de condensación: la hace una empresa instaladora habilitada con la documentación que pide el RITE para cualquier reforma.
Si quieres que alguien mire tu caso concreto, en calderas de gas tienes los modelos que instalamos, y en aerotermia la alternativa sin combustión.
Preguntas frecuentes
¿Está prohibido instalar una caldera de gas en 2026?
No. Ni la Directiva (UE) 2024/1275 ni el RITE ni el Código Técnico prohíben instalar una caldera de gas en una vivienda en 2026. La única prohibición vigente relacionada afecta a las calderas de gas de tipo B (atmosféricas) de hasta 70 kW fuera de salas de máquinas, salvo las B3x. Una caldera de condensación estanca se puede instalar.
¿Tendré que quitar mi caldera de gas en 2040?
Ninguna norma te obliga hoy a retirarla. La directiva pide a los Estados planes «con vistas a una eliminación completa de las calderas de combustibles fósiles a más tardar en 2040», y la Comisión Europea lo califica de fecha objetivo indicativa. Además, una caldera que en 2040 queme un combustible renovable, como el biometano, no se considera caldera fósil.
¿Hay ayudas para cambiar una caldera de gas por otra de gas?
No. Desde el 1 de enero de 2025 los Estados de la UE no pueden conceder incentivos financieros para instalar calderas independientes de combustibles fósiles, y la deducción del IRPF por eficiencia energética excluye expresamente los equipos que usan combustibles fósiles. Siguen siendo posibles las ayudas a sistemas híbridos con una parte renovable considerable.
¿Se puede poner caldera de gas en una casa nueva?
Hoy sí, pero el Código Técnico obliga a cubrir con renovables al menos el 70 % del agua caliente (60 % si la demanda es pequeña) y limita el consumo de energía no renovable, así que una caldera de gas sola no basta. Cuando España transponga la directiva, los edificios nuevos no podrán generar emisiones de combustibles fósiles in situ: desde 2028 los públicos y desde 2030 todos.
¿Mi caldera atmosférica es ilegal?
Seguir usándola no está prohibido. Lo que prohíbe el RITE es instalar calderas y calentadores de gas de tipo B de hasta 70 kW salvo en salas de máquinas, y la sustitución de un generador cuenta como reforma. Si hay que cambiarla, la nueva tendrá que ser estanca (o de tipo B3x) y cumplir el ecodiseño.
¿Ha aprobado Galicia alguna prohibición de calderas de gas?
No. La Lei 1/2026 do clima de Galicia, en vigor desde el 3 de marzo de 2026, no contiene las palabras caldera, gasóleo, calefacción ni fósil. La única comunidad en la que hemos encontrado una norma de ese tipo es Navarra, y solo para edificios nuevos a partir del 30 de junio de 2027.
Fuentes
Documentos consultados para escribir y revisar este artículo. Cada número del texto lleva a su fuente. Cuando una norma cambia, este artículo se revisa y se actualiza la fecha de arriba.
- Directiva (UE) 2024/1275 relativa a la eficiencia energética de los edificios (refundición). Diario Oficial de la Unión Europea (reproducción en el BOE), 8 de mayo de 2024.
- Comunicación de la Comisión C/2025/6438: orientaciones sobre la Directiva (UE) 2024/1275. Diario Oficial de la Unión Europea, serie C (reproducción en el BOE), 18 de diciembre de 2025.
- Commission issues guidance on phasing out financing of stand-alone fossil fuel boilers from 2025. Comisión Europea, Dirección General de Energía, 17 de octubre de 2024.
- Real Decreto 1027/2007, Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (texto consolidado). Boletín Oficial del Estado (BOE-A-2007-15820), última actualización publicada el 2 de agosto de 2022.
- Documento Básico HE Ahorro de energía (versión consolidada con el RD 450/2022). Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, Código Técnico de la Edificación, 14 de junio de 2022.
- Código electrónico «Código Técnico de la Edificación (CTE)». Boletín Oficial del Estado, Biblioteca Jurídica Digital, edición actualizada a 3 de septiembre de 2026.
- Audiencia e información pública del proyecto de real decreto por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación. Código Técnico de la Edificación (MIVAU), 7 de noviembre de 2025.
- Consulta pública previa sobre el proyecto de real decreto por el que se modifica el RITE. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, marzo de 2025.
- Reglamento (UE) nº 813/2013 de diseño ecológico de aparatos de calefacción y calefactores combinados. Diario Oficial de la Unión Europea, L 239 (reproducción en el BOE), 6 de septiembre de 2013.
- Reglamento Delegado (UE) nº 811/2013 sobre el etiquetado energético de aparatos de calefacción. Diario Oficial de la Unión Europea, L 239 (reproducción en el BOE), 6 de septiembre de 2013.
- Ecodesign and energy labelling: Commission consults on revised rules for space and water heaters. Comisión Europea, Dirección General de Energía, 1 de diciembre de 2025.
- Posición de ECOS, EEB y Coolproducts sobre la revisión de los reglamentos de calefactores (fuente secundaria: ONG). Coolproducts, 21 de enero de 2026.
- Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética (texto consolidado). Boletín Oficial del Estado (BOE-A-2021-8447).
- Ley 1/2026, de 5 de febrero, del clima de Galicia. Boletín Oficial del Estado (BOE-A-2026-5549), 10 de marzo de 2026.
- Artículo sobre el cambio de normas de la UE para las calderas de gas (fuente secundaria: prensa). El Español, 30 de mayo de 2026.
- Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo (deducciones del IRPF por obras de eficiencia energética). Boletín Oficial del Estado (BOE-A-2026-6544), 21 de marzo de 2026.
- Reglamento (UE) 2026/667 (artículo 2: aplazamiento del comercio de derechos de emisión de edificios y transporte). Diario Oficial de la Unión Europea (reproducción en el BOE), 18 de marzo de 2026.
- ETS2: buildings, road transport and additional sectors. Comisión Europea, Dirección General de Acción por el Clima, actualizada el 2 de septiembre de 2026.
- Régimen de comercio de derechos de emisión para edificios, transporte por carretera y otros sectores (RCDE 2). Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
- Policy Brief 14/25 sobre el ETS2 (fuente secundaria: centro de estudios). Bruegel, abril de 2025.
- Policy Paper 317 sobre el ETS2 (fuente secundaria: centro de estudios). Institut Jacques Delors, noviembre de 2025.
- Resolución de 25 de junio de 2026, de la DGPEM, por la que se publica la tarifa de último recurso de gas natural. Boletín Oficial del Estado, nº 159 (BOE-A-2026-14233), 1 de julio de 2026.
- Medidas tributarias del Real Decreto-ley 18/2026 (IVA e impuestos especiales). Agencia Tributaria, 30 de junio de 2026.
- Ficha TER210, Anexo II: rendimiento estacional por defecto de la caldera sustituida. MITECO, catálogo de Certificados de Ahorro Energético, julio de 2024.
- Estudio SPAHOUSEC II: análisis estadístico del consumo de gas natural en las viviendas principales con calefacción individual. IDAE, 2019.




