La respuesta corta
- La ayuda del INEGA para aerotermia paga el 50 % de la inversión, con un máximo de 900 € por kW (sin IVA) y 2.500 € por vivienda.
- Solo vale en parroquias rurales o intermedias, para bombas aire-agua de etiqueta A o mejor, y se reparte por puntos: no por orden de llegada.
- La convocatoria de 2026 cerró el 13 de marzo. En 2025 no hubo ninguna y la de 2027 todavía no está anunciada.
- El error que más solicitudes tumba: contratar o pedir el equipo antes de presentar la solicitud. Si piensas cambiar la caldera en 2027, no firmes nada todavía.
Dónde estamos: la de 2026 cerró y la de 2027 no está anunciada
Si has llegado aquí buscando la ayuda para cambiar la caldera por aerotermia, la primera noticia no es buena y conviene darla sin rodeos: el plazo de 2026 terminó el 13 de marzo[1]. Quien consiguió la ayuda está ahora instalando: el INEGA amplió hasta el 23 de octubre de 2026 la fecha para ejecutar y justificar las obras, porque muchos beneficiarios no llegaban por retrasos en la entrega de equipos[3].
La segunda noticia es la que importa para decidir qué hacer con tu casa: en 2025 no hubo convocatoria de renovables térmicas para viviendas. El listado de ayudas del INEGA recoge la de 2024 y la de 2026, pero ninguna de 2025[6]. Y a día de hoy, 14 de septiembre de 2026, no hay ningún anuncio oficial de la de 2027.
Este artículo está escrito con las bases oficiales en la mano: las de 2026 y las de 2024 publicadas en el Diario Oficial de Galicia, la resolución con las ayudas concedidas en 2024 y las normas estatales que se pueden combinar con ellas. Cada cifra lleva su número de fuente, y las fuentes están al final.
El calendario que se repite: lo que enseñan 2024 y 2026
La ayuda se llama oficialmente «subvenciones para proyectos de energías renovables de uso térmico en ámbitos no urbanos». Tiene dos códigos que conviene no confundir: IN421P es la ayuda en sí, e IN421H es el procedimiento por el que las empresas instaladoras se adhieren como entidades colaboradoras[1]. Tú, como particular, no presentas nada por el IN421H.
- Febrero-marzo de 2024
Convocatoria 2024: solicitudes del 16 de febrero al 21 de marzo
2 millones de euros en total; 450.000 € para aerotermia, ampliados a 470.000 € en agosto.
- Octubre de 2024
Se publican las concedidas: el dinero de aerotermia se agota
189 ayudas de aerotermia por 468.756 €, el 99,7 % del crédito.
- 2025
No hay convocatoria de renovables térmicas para viviendas
El INEGA convoca ese año otras líneas, como la fotovoltaica residencial, pero no esta.
- Febrero-marzo de 2026
Convocatoria 2026: solicitudes del 9 de febrero al 13 de marzo
2,1 millones de euros en total; 800.000 € para aerotermia, casi el doble que en 2024.
- 23 de octubre de 2026
Fin del plazo para instalar y justificar lo concedido en 2026
Ampliado desde el 30 de septiembre por retrasos en obras y suministros.
- 2027
Sin anuncio oficial
Si se repite el patrón, las bases saldrían en enero o febrero con unas cinco semanas de plazo. No está confirmado.
| 2024 | 2026 | |
|---|---|---|
| Publicación en el DOG | 9 de febrero de 2024 | 20 de enero de 2026 |
| Plazo de solicitudes | 16 feb – 21 mar | 9 feb – 13 mar |
| Crédito total | 2.000.000 € | 2.100.000 € |
| Crédito para aerotermia | 450.000 € (470.000 € tras redistribuir) | 800.000 € |
| Ayuda máxima en aerotermia | 2.500 € por vivienda | 2.500 € por vivienda |
| Coste elegible máximo aire-agua | 900 €/kW sin IVA | 900 €/kW sin IVA |
| Fin de ejecución y justificación | 21 de octubre (ampliado) | 23 de octubre (ampliado) |
Las dos convocatorias son prácticamente la misma: mismas cuantías, mismos requisitos técnicos y el mismo reparto por puntos. Lo que cambió fue el dinero para aerotermia, que casi se duplicó. Es razonable pensar que, si hay convocatoria en 2027, se parecerá mucho, pero es una deducción, no un dato: el texto que valga será el que se publique.
Cuánto se cobra: 50 %, 900 €/kW y 2.500 € por vivienda
La ayuda se calcula con tres reglas que se aplican a la vez, y manda la que dé menos dinero:
- 50 %de la inversión elegible de la instalación
- 900 €/kWcoste máximo elegible sin IVA, en bombas aire-agua
- 2.500 €tope por vivienda en aerotermia
La potencia que cuenta es la nominal de la bomba medida en condiciones A7/W35 según la norma UNE-EN 14511, la que aparece en la ficha técnica del fabricante[1]. Con 900 €/kW y el 50 %, el tope de 2.500 € se alcanza a partir de unos 5,6 kW, siempre que la inversión real sin IVA llegue a ese máximo. Por eso, en la práctica, casi todas las ayudas de aerotermia se conceden por el importe máximo: en 2024, 179 de las 189 fueron de 2.500 €[5].
| Potencia A7/W35 | Elegible máximo sin IVA | 50 % del elegible | Ayuda máxima |
|---|---|---|---|
| 4 kW | 3.600 € | 1.800 € | 1.800 € |
| 5 kW | 4.500 € | 2.250 € | 2.250 € |
| 6 kW | 5.400 € | 2.700 € | 2.500 € |
| 8 kW | 7.200 € | 3.600 € | 2.500 € |
| 12 kW | 10.800 € | 5.400 € | 2.500 € |
Para comparar: en la misma convocatoria, la geotermia llega hasta 10.000 € por vivienda, la biomasa hasta 8.000 € y la solar térmica hasta 2.000 €; en proyectos de varias viviendas el máximo es de 40.000 € por proyecto[1].
Requisitos de la vivienda, del equipo y de quien la pide
La vivienda: parroquia rural o intermedia
Es el requisito que más sorprende. La ayuda se paga con fondos de desarrollo rural (FEADER), y por eso solo son elegibles las parroquias clasificadas como rurales o intermedias en la web del INEGA[1][2]. La clasificación va por parroquia, no por ayuntamiento: dentro de Ourense, Vigo o Lugo hay parroquias urbanas que quedan fuera y parroquias rurales que entran.
Pueden pedirla las personas físicas, las sociedades patrimoniales y las comunidades y mancomunidades de vecinos que tengan cualquier derecho sobre un inmueble residencial: propietarios, pero también arrendatarios con autorización.
El equipo: aire-agua, etiqueta A y baja temperatura
- Bomba de calor con etiqueta energética A o superior en calefacción a baja temperatura (Reglamento delegado 811/2013).
- SPF superior a 2,5, acreditado con el SCOP a baja temperatura del fabricante (UNE-EN 14825) o con el documento de prestaciones medias estacionales del IDAE.
- Circuito secundario a baja temperatura: suelo radiante, radiadores de baja temperatura (con su ficha técnica) o fancoils.
- Instalación hecha y tramitada por una empresa adherida como entidad colaboradora.
- Bombas de calor aire-aire (los splits de aire acondicionado con bomba de calor).
- Equipos monobloc de bomba de calor solo para agua caliente sanitaria (los termos aerotérmicos).
- Tuberías de distribución interior y emisores: los radiadores o el suelo radiante nuevos no se subvencionan.
- Calderas de gas o gasóleo: el objeto de las bases se limita a biomasa, bombas de calor y solar térmica.
Requisitos de los artículos 3, 4, 5 y 6 de las bases de 2026[1].
La documentación
La solicitud lleva la autorización de representación a la empresa, el título de propiedad o alquiler (vale un recibo del IBI con declaración responsable), tres ofertas de empresas no vinculadas y una memoria técnica firmada por técnico competente con la justificación del calor útil, planos, ficha técnica y etiqueta energética del equipo[1]. Si no eliges la oferta más barata, hay que explicar por qué.
Cómo se reparten los puntos
La ayuda se concede en concurrencia competitiva: todas las solicitudes se puntúan sobre 100 y el dinero se reparte de mayor a menor puntuación hasta que se acaba. Presentar la solicitud el primer día no da ventaja; presentarla bien, sí. En 2024 el crédito de aerotermia se agotó y la última ayuda se concedió con 34,16 puntos[5].
| Criterio | Opciones | Puntos |
|---|---|---|
| Etiqueta energética a baja temperatura | A+++ / A++ / A+ / A | 30 / 20 / 10 / 0 |
| Tecnología | Inverter / sin inverter | 10 / 5 |
| Emisor | Suelo radiante / radiador de baja temperatura dinámico o fancoil / resto | 10 / 5 / 0 |
| Uso | Calefacción y ACS / solo calefacción / resto | 6 / 3 / 1 |
| Zona climática CTE del ayuntamiento | E / D / C | 10 / 5 / 1 |
| Ratio inversión/potencia | Máximo por debajo del 80 % del coste elegible; 0 por encima del 120 % | hasta 9 |
| Renta por habitante del ayuntamiento (IGE) | Más puntos cuanto menor es la renta | hasta 10 |
| Ayuntamiento de reto demográfico | Hasta 5.000 habitantes, o no urbano de hasta 20.000 sin núcleos de más de 5.000 | 15 |
Dos lecturas prácticas. La primera: el equipo pesa la mitad de la nota, y la diferencia entre una bomba A+ y una A+++ son 20 puntos, más que todo el bloque de renta. La segunda: la localización no se puede cambiar, pero sí se puede saber de antemano. Una casa en un ayuntamiento pequeño de montaña parte con mucha ventaja sobre una en una parroquia rural de la costa.
| Localidad | Zona CTE | Puntos por zona |
|---|---|---|
| A Coruña, Ferrol, Vigo, Pontevedra | C1 | 1 |
| Ourense, Ribadavia | C3 | 1 |
| Santiago, Lugo, Lalín, Monforte, Sarria, Viveiro | D1 | 5 |
| O Barco, Verín, O Carballiño, Allariz, Xinzo de Limia, Viana do Bolo | D2 | 5 |
| Becerreá, A Fonsagrada, Pedrafita do Cebreiro, A Gudiña, Montederramo | E1 | 10 |
Los errores que dejan fuera una solicitud
1. Firmar, pedir o pagar algo antes de la solicitud
Es la causa más cara de perder la ayuda, porque no tiene arreglo. Las bases dicen que no se subvencionan los proyectos iniciados antes de presentar la solicitud y que un proyecto está iniciado en cuanto existe «un contrato u oferta firmado entre las partes, o existencia de un pedido para cualquiera de los elementos subvencionables». Y si ocurre, la totalidad del proyecto se considera no subvencionable[1]. Pedir presupuestos no es iniciar el proyecto; firmar uno, sí.
2. Dar por hecho que tu parroquia es rural
Una casa con finca a las afueras de una ciudad puede estar en una parroquia urbana a efectos del FEADER. Se comprueba en la clasificación que publica el INEGA antes de gastar un euro en la memoria técnica[2].
3. Contar con sumar dos ayudas para la misma bomba
La ayuda del INEGA es incompatible con «otras ayudas, subvenciones o recursos destinados a la misma finalidad», procedentes de cualquier administración o entidad pública o privada[1]. Eso deja fuera cobrar además el programa de rehabilitación rural del IGVS por la misma instalación. La redacción incluye «recursos privados», así que antes de vender los certificados de ahorro energético de esa misma instalación conviene preguntarlo por escrito al INEGA.
4. Quedarse sin tiempo para ejecutar
Una vez concedida, la obra hay que hacerla, pagarla con justificante bancario y justificarla dentro del plazo. En 2024 y en 2026 el INEGA tuvo que ampliarlo por las peticiones de prórroga[3]. Elegir un equipo con plazo de entrega conocido es parte de la solicitud.
Otras ayudas: IGVS rural, IRPF, CAE e impuestos municipales
La del INEGA no es la única vía, pero sí la única específica para aerotermia en viviendas gallegas. Esto es lo que hay alrededor, con su estado real a septiembre de 2026.
| Ayuda | Qué da | Estado a sep-2026 | ¿Se suma a la del INEGA? |
|---|---|---|---|
| Rehabilitación de viviendas en el rural (IGVS, VI435E) | 75 % del presupuesto protegido, hasta 30.000 € por vivienda, en ayuntamientos de menos de 5.000 habitantes | Cerrada el 12 de mayo de 2026 por agotar el crédito | No para la misma instalación |
| Deducción en el IRPF (DA 50.ª LIRPF) | 20 % (base 5.000 €) o 40 % (base 7.500 €) de lo pagado en la vivienda habitual | Vigente para obras y certificados hechos hasta el 31-12-2026 | Sí, descontando de la base lo subvencionado |
| Certificados de Ahorro Energético (ficha RES060) | Venta del ahorro de energía acreditado a un sujeto obligado | Vigente; multiplicador para bombas de calor en propuesta | Dudoso: consúltalo al INEGA |
| Bonificación de IBI o ICIO | Hasta 50 % del IBI y 95 % del ICIO si el ayuntamiento lo regula | La ley lo permite desde marzo de 2026; las ordenanzas consultadas solo bonifican la solar | No es una subvención |
El programa de rehabilitación rural del IGVS
En internet circula como «Programa Reformas Galicia», pero ese nombre no existe en ninguna norma. Es el programa de ayudas de rehabilitación de viviendas en el rural (VI435E) del Instituto Galego de Vivenda e Solo: el 75 % del presupuesto protegido, hasta 30.000 € por vivienda, para obras en ayuntamientos de menos de 5.000 habitantes[8]. Pide ingresos no superiores a 6,5 veces el IPREM (salvo que la vivienda vaya a alquiler), que la casa sea residencia habitual o se alquile al menos cinco años, y que la obra no haya empezado. Se reparte por orden de llegada, no por puntos.
Dos matices antes de contar con ella. No menciona la aerotermia: entraría dentro de las actuaciones de «sostenibilidad y eficiencia energética», pero conviene confirmarlo con el IGVS para cada obra. Y la convocatoria de 2026 se cerró el 12 de mayo por falta de dinero[9]. Encaja mejor en una reforma completa de una casa rural que en un cambio de caldera aislado.
La deducción del IRPF
El Real Decreto-ley 7/2026 prorrogó las deducciones por obras de eficiencia energética en la vivienda habitual: el 20 % si se reduce al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración, y el 40 % si se reduce al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable o la vivienda pasa a letra A o B[10]. Hay dos condiciones que conviene tener claras: las obras deben hacerse, y el certificado energético posterior expedirse, dentro de 2026, y de la base se descuenta lo cobrado en subvenciones. No se puede pagar en efectivo, y los equipos de gas o gasóleo quedan fuera.
Los certificados de ahorro energético (CAE)
Cambiar una caldera de combustión por una bomba de calor genera un ahorro que se puede certificar con la ficha RES060 y vender. La ficha no fija requisitos propios más allá del RITE y la normativa de gases fluorados: no exige un SCOP mínimo ni que la caldera tenga diez años, aunque lo digan algunas webs comerciales[11]. El Ministerio sometió a audiencia pública en julio de 2026 un multiplicador que duplicaría el ahorro reconocido en viviendas a partir de 2027[12]; hasta que se publique como definitivo, no conviene hacer números con él.
Cómo prepararte desde ya para 2027
Si tu idea es cambiar la calefacción en 2027 y contar con la ayuda, lo que hagas de aquí a enero decide más que lo que hagas cuando salga la convocatoria. Este es el orden que seguimos con quien nos lo pide:
Comprueba la parroquia y la zona climática
Si la parroquia es urbana, la ayuda del INEGA no es para tu casa y hay que buscar otra vía. La zona climática del ayuntamiento te dice cuántos puntos partes: E, D o C.
Mide lo que tienes: radiadores, consumo y potencia
Con las facturas de gasóleo o gas del último invierno y el tipo de radiadores se estima la potencia de la bomba y se ve si los emisores trabajan a baja temperatura.
Elige el equipo pensando en la nota
Etiqueta A+++ a baja temperatura, inverter y un precio por kW razonable suman hasta 49 puntos. Es la parte de la puntuación que sí depende de ti.
Pide las tres ofertas, pero no firmes ninguna
Pedir presupuesto no inicia el proyecto. Firmarlo, sí, y eso hace perder la ayuda entera.
Ten lista la memoria técnica y la documentación
Escrituras o recibo del IBI, ficha técnica y etiqueta del equipo, planos y croquis. Cuando salga el DOG, solo quedará revisar que las bases no hayan cambiado y presentar.
Rellenar este formulario no es presentar la solicitud ni reserva ninguna ayuda: la solicitud solo se puede presentar cuando se publique la convocatoria, y la tramita la empresa adherida al programa.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto dan de subvención por instalar aerotermia en Galicia?
En la convocatoria del INEGA de 2026, el 50 % de la inversión elegible, con un coste máximo elegible de 900 € por kW sin IVA y un tope de 2.500 € por vivienda. Con una bomba de unos 6 kW o más y un presupuesto normal, lo habitual es llegar al tope de 2.500 €.
¿Cuándo sale la convocatoria de ayudas de aerotermia de 2027?
A 14 de septiembre de 2026 no está anunciada. En 2024 y 2026 las bases se publicaron en el DOG en enero o febrero y el plazo de solicitudes duró unas cinco semanas entre febrero y marzo, pero en 2025 no hubo convocatoria, así que no es seguro que se repita.
¿Puedo pedir la ayuda del INEGA si vivo en Vigo, Ourense o A Coruña?
Depende de la parroquia, no del ayuntamiento. La ayuda está cofinanciada por el FEADER y solo son elegibles las parroquias clasificadas como rurales o intermedias en la web del INEGA. Una vivienda en una parroquia urbana queda fuera aunque el ayuntamiento tenga zonas rurales.
¿Puedo instalar la aerotermia ya y pedir la ayuda después?
No. Las bases dicen que no se subvencionan proyectos iniciados antes de presentar la solicitud, y consideran iniciado un proyecto en cuanto hay un contrato, una oferta firmada o un pedido de cualquier elemento. Si firmas antes, se pierde la ayuda entera.
¿Se puede sumar la ayuda del INEGA con la del IGVS para viviendas rurales?
Para la misma instalación, no. Las bases del INEGA declaran la ayuda incompatible con cualquier otra destinada a la misma finalidad. La deducción del IRPF sí puede aplicarse, pero descontando de la base lo que se haya cobrado de subvención.
¿La ayuda cubre también radiadores o suelo radiante nuevos?
No. Las bases excluyen expresamente las conducciones de distribución interior y los emisores. Se subvenciona el equipo principal de generación: la bomba de calor y lo que forma parte activa de ese circuito.
¿Quién presenta la solicitud: yo o el instalador?
La empresa instaladora. Solo pueden tramitarla las entidades colaboradoras adheridas al programa (procedimiento IN421H), que presentan la solicitud y la justificación en nombre del particular con su autorización.
Fuentes
Documentos consultados para escribir y revisar este artículo. Cada número del texto lleva a su fuente. Cuando una norma cambia, este artículo se revisa y se actualiza la fecha de arriba.
- Resolución de 16 de diciembre de 2025 por la que se aprueban las bases reguladoras para proyectos de energías renovables de uso térmico en ámbitos no urbanos (IN421P e IN421H), convocatoria 2026. Diario Oficial de Galicia, nº 12, 20 de enero de 2026.
- Subvenciones para el año 2026: proyectos de energías renovables de uso térmico en el sector residencial. Instituto Energético de Galicia (INEGA).
- Resolución de 21 de agosto de 2026 por la que se amplía la fecha límite para ejecutar y justificar los proyectos. Diario Oficial de Galicia, nº 161, 26 de agosto de 2026.
- Resolución de 29 de enero de 2024 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos de energías renovables de uso térmico (convocatoria 2024). Diario Oficial de Galicia, nº 29, 9 de febrero de 2024.
- Resolución de 30 de septiembre de 2024 por la que se da publicidad a las subvenciones concedidas (convocatoria 2024). Diario Oficial de Galicia, nº 192, 4 de octubre de 2024.
- Listado de ayudas del INEGA. Instituto Energético de Galicia (INEGA).
- Documento Básico HE Ahorro de energía (texto modificado por el RD 450/2022), Anejo B: zonas climáticas. Código Técnico de la Edificación, Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, 14 de junio de 2022.
- Resolución de 22 de diciembre de 2025: programa de ayudas de rehabilitación de viviendas en el rural (VI435E), convocatoria 2026. Diario Oficial de Galicia, nº 7, 13 de enero de 2026.
- Resolución de 6 de mayo de 2026 por la que se declara el cierre del plazo de solicitudes del programa VI435E. Diario Oficial de Galicia, nº 87, 12 de mayo de 2026.
- Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo (prórroga de las deducciones del IRPF por eficiencia energética y bonificaciones de IBI e ICIO). Boletín Oficial del Estado, nº 71, 21 de marzo de 2026.
- Ficha RES060: Sustitución de caldera de combustión por una bomba de calor de accionamiento eléctrico. Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO).
- Propuesta de resolución de coeficientes de corrección de CAE para la sustitución de calderas por bombas de calor (audiencia pública). Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO), julio de 2026.
- Directiva (UE) 2024/1275 relativa a la eficiencia energética de los edificios (refundición). Diario Oficial de la Unión Europea, 8 de mayo de 2024.
- Ordenanza fiscal nº 203, reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles (año 2026). Concello de Lugo, 2026.
- Ordenanza fiscal nº 51, reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles. Concello da Coruña, en vigor desde el 1 de enero de 2024.




